Os transcribimos otra sentencia contra un servicio de salud, que podría ser cualquiera, en el que se evidencia la falta de cultura y la ignorancia de la legislación por parte de los profesionales y los problemas de las nuevas tecnologías, que facilitan el acceso a la información. En nuestras sesiones clínicas dirigida a los profesionales sanitarios observamos el concepto de que la historia clínica en "propiedad del profesional" y que la pueden consultar cuando quieran y desconocen que todo acceso queda registrado.
"Pamplona, 22 feb (EFE).- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una condena de 125.000 euros al Servicio Navarro de Salud por el acceso "ilegítimo" y masivo, por parte del personal sanitario, al historial clínico de una paciente fallecida.
La sentencia, que es firme y obliga a retirar las fotografías de la historia clínica, establece que se ha producido un funcionamiento "anormal" en el sistema sanitario público navarro "en la medida en que ha permitido accesos ilegítimos a la historia clínica informatizada" de la paciente.
De esta forma, el tribunal desestima el recurso presentado por el Servicio Navarro de Salud contra la sentencia dictada el 25 de mayo de 2011, en la que se admitía la responsabilidad patrimonial formulada por el padre y la hermana de la fallecida.
En concreto, los demandantes exponían que se habían permitido accesos "ilegítimos" a la historia clínica informatizada de la paciente "que vulneran el derecho a su intimidad personal y familiar" y también "el derecho a la protección de datos personales, que incide no solo en la intimidad personal, sino también en la familiar".
Pese a que Salud alegó que era "práctica habitual" de los servicios de Medicina Intensiva y Cirugía Plástica sacar fotografías "para fines estrictamente terapéuticos, de tratamiento y de diagnóstico", el tribunal cree que fueron muchas las instantáneas que se sacaron y que todas ellas eran "especialmente duras del cuerpo de una mujer muy joven desnudo y en un estado impactante".
De hecho, precisa que hubo 2.825 accesos a estas fotografías, realizados por 417 usuarios integrados en 55 servicios y procedentes de todos los centros sanitarios, cuando la paciente "sólo estuvo en un hospital y en cuatro servicios".
Considera por tanto "claramente evidenciado" que ha existido un funcionamiento "anormal" del servicio sanitario "porque no ha podido impedir el acceso casi indiscriminado de profesionales no implicados en el diagnóstico y tratamiento de la paciente al historial clínico informatizado de la misma", accesos que por ello se han considerado "ilegítimos".
También afirma que "se ha evidenciado" que las medidas de seguridad y protocolo de trabajo en la Administración sanitaria para garantizar la protección de datos y del acceso a los historiales clínicos informatizados "no son suficientes", porque en este caso no han garantizado la confidencialidad.
Esta sentencia ha sido conocida un día después de otra que condena al mismo Servicio Navarro de Salud a indemnizar con 400.000 euros a la viuda y tres hijos de un paciente de 53 años, que falleció a consecuencia de una meningitis bacteriana contraída tras unos bloqueos epidurales que le realizaron.EFE"
1 comentario:
Ha salido la sentencia de pagar 125.000€ ahora buscan responsabilidades y que sean estos los que paguen la "multa"
podeis ampliar la noticia aqui:
http://www.diariodenavarra.es/noticias/navarra/mas_navarra/2013/03/15/vera_quot_debemos_salvaguardar_acceso_historia_clinica_quot_111005_2061.html
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