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martes, 25 de septiembre de 2012

Regulado el Visado del LUPUS en Andalucía

Buenos días a todos:

Con fecha 14 de Septiembre del 2012 la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía ha regulado los documentos y tramites necesarios en relación a la Orden IET/543/2012 publicada en el BOE nº 66 de 17 de Marzo de 2012 . en relación a los filtro UVA para pacientes con LUPUS


Dicha orden en su articulo 6 (Especificaciones de la instalación del filtro de rayos UVA) punto 2-b dice:

Certificado médico expedido por el médico especialista visado por los servicios sanitarios que la autoridad sanitaria determine  en cada comunidad.

En Andalucía, a través de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y resultados en Salud lo ha regulado de la siguiente manera:


1.- El certificado deberá ser extendido por el facultativo perteneciente a la Unidad de Gestión Clínica hospitalaria donde sea seguido el paciente, en base al diagnóstico de Lupus reflejado en su Historia Clínica.

2.- El Visado será realizado por la Dirección Médica del Centro o por el Servicio de Documentación Clínica del mismo, corroborando con la firma y sello la existencia de dicho diagnóstico en la Historia del paciente.

3.- Los trámites administrativos serán realizados a través del Servicio de Atención Ciudadana del Centro, en el menor tiempo posible.

Por otro lado Cataluña lo regula según aparece en este enlace

Enlace a la federación Española de LUPUS y su comentario sobre los filtros

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