Os transcribo hoy una entrada publicada en la web de acta sanitaria referente a accesos indebidos a los historiales clínicos de pacientes del País Vasco y Cantabro
La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que ordena que se incoen actuaciones inspectoras y el inicio del procedimiento sancionador al Servicio Vasco de Salud (Osakidetza) y al Servicio Cántabro de Salud (SCS), por posible acceso a historias clínicas y modificación de la prescripción, sin el consentimiento del médico.
Así lo recoge una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, tras haber estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto en 2011 por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) contra una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos que acordó no incoar actuaciones inspectoras y no iniciar procedimiento sancionador o de infracción de las Administraciones Públicas, en relación a la denuncia formulada por el propio Consejo General ante el tratamiento de los datos de salud por las Administraciones sanitarias del País Vasco y Cantabria y por el cambio o alteración de la prescripción electrónica de los médicos de dichos Servicios de Salud.